domingo, 30 de enero de 2011

Warrants

Nos encontramos en un ambiente de incertidumbre, donde causado por la crisis hay una alta inestabilidad en los mercados. Esto supone un riesgo a tener en cuenta para los empresarios, pero no olvidemos a los inversores. En un momento en donde las bolsas no siguen un ascenso o descenso lógico a primera vista, o en el que pueden ocurrir sucesos inesperados que hagan dar un vuelco a la situación, como pasó hace tres semanas en la bolsa española con la emisión de deuda pública por parte de Portugal para evitar tener que recurrir a la ayuda del fondo Europeo.
Una buena alternativa para estos inversores que busquen disminuir el riesgo es en vez de realizar una inversión directa donde abonen la totalidad de la acción o elemento financiero, existe la posibilidad de comprar una opción de compra abonando solo una prima y así no arriesgar tanto. Dentro de las muchas opciones que hay, nosotros nos centraremos en este apartado en los denominados Warrants.
Pero antes de nada veamos qué es una opción. El concepto de opción deriva del concepto de futuro. Para definir el concepto de opción debemos tener claro, por un lado, que a diferencia de un contrato de futuro sin más en el que una parte está obligada a vender y otra a comprar, en las opciones no hay obligación de cumplir con esa transacción, eso sí, pagando una compensación a la otra parte. Esta cuantía (Prima*4) se debe definir a la hora de la firma del contrato, y una vez definida se le da a una de las partes el derecho, y como hemos mencionado antes, no la obligación de comprar o vender.

 Ya entrando en los warrants en concreto, estos son, contratos mediante el cual el comprador adquiere el derecho, pero no la obligación, de comprar o vender un número determinado de títulos sobre un activo  subyacente*1 (acciones, índices…) en un fecha concreta y a un precio determinado.

 Los warrants se caracterizan por ser anotaciones en cuenta de las cuales existe un mercado organizado y que se diferencian del resto de opciones sobre futuros porque el plazo de vencimiento puede ser superior a un año, mientras que las opciones el máximo es un año, así mismo tienen mayor liquidez que las opciones porque los propios emisores de estos warrants la fomentan mientras que las opciones dependen de la liquidez del mercado.



 Los warrants se pueden comprar y vender como las acciones. Veamos como se denominan en un caso u otro:

Call Warrants: El poseedor tiene el derecho teórico a comprar un determinado número de títulos sobre un activo en una fecha establecida*2, a un precio indicado*3 y su coste es la prima que se establezca en cada caso. Es un warrant de compra.


Put Warrants: Tienen las mismas características que los de compra y la única diferencia es que lo que se establece es un derecho teórico a vender.


Ejemplo imaginario: Supongamos que estamos interesados en la adquisición de una vivienda, pero antes de llevar a cabo ninguna compra queremos estar todo los seguros posibles de que la compra es acertada. Los propietarios de la casa nos facilitan dos métodos a seguir:
El primer método consiste en la compra de la vivienda al precio de venta, una transacción de compra venta tradicional. Y la segunda posibilidad que nos ofrecen es comprar un derecho de compra para dentro de dos años (este sería el supuesto warrant).
En la primera opción desembolsaríamos la totalidad del precio de la casa arriesgándonos a que no nos llegase a convencer del todo y luego tener que vivir en ella sin que sea la casa deseada o tener que venderla. O si seguimos la segunda posibilidad, tan solo desembolsaremos un 15% (por ejemplo) como prima para la compra del derecho de compra y luego el finalizar el plazo optaremos por la compra o no de la vivienda ya estando seguros si se adecua o no a nuestras necesidades.
Ejemplo real inmobiliario: más a nivel real son las viviendas de protección oficial del estado, que se dedican a la gente con pocos ingresos como los jóvenes, facilitándole un alquiler a módico precio durante cierto tiempo, que equivaldría a la prima del 15% comentada en el ejemplo anterior, y al finalizar el plazo nos dan la opción de compra de la vivienda descontando la parte la desembolsada a lo largo de la vida del “derecho de compra”.
En los casos de las cooperativas de viviendas es un caso parecido, se hace un desembolso inicial para tener un derecho a adquirir la vivienda en el momento de su construcción.
Ejemplo real financiero: Emisión por parte de una entidad bancaria de bonos convertibles en acciones, que, por una parte te dan un interés como bonos y por otra un número de warrants en función de la cantidad invertida que, a la fecha de vencimiento de los bonos, tú puedes optar por adquirir acciones o bien vender los warrants.
Aquí dejo una aclaración sobre la terminología que he empleado:
*1 Activo subyacente: Activo sobre el que se emite el warrant. Hace referencia al mercado al contado, actual.
*2 Fecha de vencimiento: Fecha fijada con antelación.
*3 Strike o precio de ejercicio: Es el precio establecido al término de la operación.
*4 Prima: Precio de adquisición del warrant.

Enlaces relacionados:




http://www.warrantmania.com/

Juego para poner en práctica nuestros conocimientos sobre warrants:

http://testtrade-es.warrants.com/

lunes, 17 de enero de 2011

Bienvenidos

Este blog está dedicado a llevar a cabo la asignatura de matemáticas financieras, en el cual informaré de todos los aspectos que crea convenientes con respecto al trancurso del curso.