martes, 1 de marzo de 2011

Seguros de Vida

En los tiempos actuales se oyen muchas voces favorables a que todo el mundo se haga un plan de pensiones para garantizar unos ingresos en el momento de la jubilación, pero muchas veces no se tiene en cuenta que hay otros productos financieros con similares o superiores ventajas económicas a estos planes de pensiones, como son los seguros de vida.
El concepto de seguro de vida se aplica para aquellos contratos de seguros (póliza) en la que la Entidad Aseguradora se compromete, mediante una prima única o periódica, a pagar una prestación convenida en el caso de que se cumpla la circunstancia prevista en el contrato. En este tipo de seguros esta circunstancia es que la persona o personas aseguradas fallezcan o sobrevivan a un periodo determinado.

Las coberturas principales en las que inciden especialmente los seguros de vida:
-          Riesgo: Motivada por la incertidumbre del acontecimiento de un hecho (fallecimiento) en un momento indeterminado y con consecuencias económicas cuantificadas a priori pero variables según la causa de la muerte.
-          Ahorro: En el momento del evento que fundamenta el seguro (edad de jubilación por ejemplo) se conoce a priori, y la incidencia económica que influye en el asegurado es cuantificable desde un primer momento.

COMPONENTE DE RIESGO
COMPONENTE DE AHORRO
LA MUERTE
LA SUPERVIVENCIA


-          Una tercera opción son los seguros de amortización de préstamos. Generalmente los bancos te obligan a suscribirlo cuando te conceden un préstamo hipotecario e incluso en algunos casos de concesión de préstamos personales. Se pueden vincular o no directamente a los préstamos, de manera que si están vinculado y el titular fallece, la indemnización que se perciba se dedica íntegramente a amortizar el préstamo, mientras que si no lo están, los beneficiarios pueden optar por amortizar parcial o totalmente el préstamo, o bien utilizar la indemnización para la finalidad que deseen.

Para poder afrontar las coberturas que garantizan los seguros de vida, las compañías aseguradoras disponen de una serie de herramientas que les facilitan hacer previsiones de los futuros comportamientos de las variables que componen un seguro. Estas herramientas son:
-          Utilización de las tablas de mortalidad, donde se estipula por estudios estadísticos, la probabilidad de fallecimiento de las personas según la edad que tengan.
-          Tablas financieras, por medio de las cuales se puede conocer la evolución y resultados de los capitales con vencimientos futuros, tanto de los asegurados como de las primas.
-          Selección de riesgos, que mediante una declaración del asegurado y el estudio de los exámenes médicos, puede definirse un nivel de seguridad que se puede otorgar a cada persona acorde con los resultados de los dos factores.
-          Fraccionamiento de los riesgos.

Antes de pasar a ver las características más importantes de los seguros de vida, debemos hacer hincapié en algunas limitaciones que existen a la hora de su contratación para comprenderlas:
-          Los seguros de vida se pueden establecer sobre la vida propia o la de un tercero, siempre y cuando haya consentimiento del tercero.
-          No se podrá asegurar a un persona menor de 14 años o incapacitados.
-          En el caso de los menores de edad será necesaria la autorización por escrito de sus representantes legales.
-          El tomador de seguro puede designar un beneficiario y cambiarlo posteriormente teniendo en cuenta unas limitaciones en las que no profundizaremos por no considerarlo de vital importancia. En resumen las facultades del tomador son:

§  Libre elección de beneficiario del seguro de vida.
§  La designación de este beneficiario puede cambiar.
§  Revocación de beneficiarios en cualquier momento.


Ahora sí, pasemos a ver las peculiaridades más destacadas de los seguros de vida:
o   La reducción en póliza de vida: Los seguros para casos de vida o mixtos tienen la facultad de modificar sus características cuando el usuario quiera, reflejando si tiene algún tipo de clausula. Mucha gente lo que hace es una vez pasado dos años de la vigencia de la póliza deja de pagar la prima pero no se anula el contrato, tan solo ocurre que las indemnizaciones serán proporcionales a las primas pagadas hasta el momento. A esto se le llama reducción de póliza.
o   La rehabilitación de la póliza: Otra clausula típica es la de rehabilitación de la póliza reducida, que vuelve a tener las características iniciales siempre y cuando se paguen las primas atrasadas y los intereses técnicos. Así los asegurados puede paralizar sus pagos de las primas por motivos económicos momentáneos.
o   El rescate: Consiste en cancelar el seguro y recuperar todo el capital acumulado en concepto de ahorro. Deben pasar dos años como mínimo antes de poder hacerlo. En ocasiones el asegurador penaliza esta operación con un descuento de un importe de aproximadamente una de las anualidades, pero aun así es una buena opción para disponer del capital en caso de necesidad.
o   Anticipos: Consiste en que el asegurador adelanta una determinada cantidad de dinero al asegurado en función de los depósitos que haya formado por el pago de sus primas. El límite de estos “prestamos” es el mismo que el capital del fondo acumulado por las primas de ahorro. El interés es bastante más bajo que en otros mercados.
o   La participación en beneficios: Se basa en la participación del asegurado en los beneficios logrados por el Asegurador en las inversiones de los capitales acumulados por los asegurados, por medio de sus rendimientos, por una menor mortalidad real que la estimada por el Asegurador, reducción de gastos fijos incluidos en el cálculo de primas… que faciliten una justificación para poder optar a dicho reparto.
o   Las inversiones del seguro de vida: El Asegurador invertirá las reservas para producir beneficios, que siempre deben estar por encima del IPC del mercado y así produzca y no devalúe. Los fondos creados por el asegurador podrán ser invertidos en Deuda Pública, Mercado Hipotecario, Renta Fija…

Hay un componente muy importante en los seguros de vida que es el Interés Técnico. Se entiende por Interés Técnico a la remuneración obtenida por un capital sometido a productividad. Desde el punto de vista de los seguros de vida, será el porcentaje mínimo garantizado que la Entidad de Seguros otorga a sus asegurados respecto al valor de reservas de cada póliza. La prima siempre se calcula incluyendo ya el interés técnico correspondiente a cada modalidad. Para aplicar este interés se siguen unas bases fundamentadas en una normativa.
Una vez visto que es el Interés Técnico, veamos otros términos a tener en cuenta con relación a las primas. La Prima Pura es la que corresponde a la cobertura de riesgo, sin recargo. Si a esta prima de inventario le añadimos gastos comerciales, tendremos la Prima de Tarifa. Y para terminar, para calcular la Prima Total, a la prima de tarifa le añadiremos:
ü  Recargo adicional
ü  Tributos
ü  Consorcio de Seguros

Ahora pasemos a analizar la estructura de los seguros de vida, a partir de la cual haremos referencia a los tipos de seguros en función de dos factores, o por el motivo, o por las características de las rentas:
v  Por su duración:
Ø  Duración limitada: Por un periodo de tiempo determinado.
Ø  Duración ilimitada: Vitalicio.

v  Por el riesgo a cubrir:
Ø  Fallecimiento: Se indemniza en el caso de que el asegurado fallezca.
Ø  En caso de vida: Se indemniza en el caso de que el asegurado llegue con vida a un periodo de tiempo determinado.
Ø  Mixtos: Para casos de vida y muerte conjuntamente.

v  Por la forma en que se presta la indemnización:
Ø  A través de pagos periódicos: Como rentas, capitales diferidos…
Ø  A través de un solo pago: Capital inmediato.

v  Por la forma de pago de las primas:
Ø  Pago único.
Ø  Pago fraccionado.

Clasificación de los seguros según el motivo y duración de su contratación.


CLASE DE RIESGO
DURACIÓN DEL SEGURO

DURACIÓN LIMITADA

DURACIÓN ILIMITADA






FALLECIMIENTO
Temporal

Temporal creciente (aritméticamente o geométricamente)

Temporal decreciente

Temporal renovable

Amortización 0 de anualidades

Temporal a prima natural
Vida entera


Vida entera triple capital


Combinados capital+rentas


Capital de supervivencia


Renta de supervivencia





SUPERVIVENCIA
Diferido constante

Diferido creciente

Diferido con reembolso

Diferido sin reembolso
Renta vitalicia constante

Renta vitalicia variable

Renta vitalicia garantizada

Rentas reversibles

Renta diferida




FALLECIMIENTO Y SUPERVIVENCIA
Mixto constante

Mixto creciente

Mixto múltiple

Plan sistemático jubilación

Total – a varias cabezas

A término fijo
Mixto a capital doblado


Rentas de viudedad


Rentas de jubilación


Rentas de orfandad


Clasificación de los seguros de vida según las  características de las rentas:

Para concluir haremos mención a los casos en los que hemos visto antes que se negaba la posibilidad de solicitar un seguro de vida, como la invalidez, para los que existen una serie de complementos que mejoran la eficacia de estos seguros. Estas garantías no se pueden contratar individualmente, forman un todo con el seguro en sí. Veamos cuales son estos casos y las modalidades que hay en cada una:

INVALIDEZ
ACCIDENTE
Exención del pago de primas: El Asegurador libera al asegurado del pago de primas del seguro principal en el caso de invalidez del asegurado. Si fuese temporal tan solo se emplearía en el tiempo que los efectos sigan.
Muerte por accidente (doble): El Asegurador se compromete a pagar un segundo capital inmediato, igual al del seguro principal, en caso de muerte por accidente.
Anticipos del capital asegurado: Se anticipa en caso de invalidez el capital asegurado, quedando el seguro anulado a partir de ese momento.
Muerte por accidente de circulación (triple): El Asegurador garantizará el pago de un tercer capital inmediato, en el caso de que se cumplan las condiciones del apartado anterior y además sea un accidente de circulación.
Rentas de invalidez: El Asegurador se obliga a satisfacer en caso de incapacidad total permanente, una renta durante el tiempo que transcurra hasta el término del seguro principal o fallecimiento del asegurado.



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